Panorámica de la educación en la España del siglo XIX
Memoria premiada por la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas en el concurso de 1878, en la que la autora analiza la situación de la educación en la España del siglo XIX y señala su necesidad de amplias reformas. Se adelanta a su tiempo en el plan que esboza y programa de enseñanza primaria, proponiendo soluciones a problemas didácticos.
Esto quiere decir bajo el punto de visto jurídico: enseñanza
obligatoria. No nos parece que hemos disimulado, ni aun disminuido la
gravedad del problema; pero aunque la reconocemos, a la pregunta: ¿La
ley puede en justicia obligar al hombre a que cultive su inteligencia?,
respondemos sin vacilar, resuelta, enérgicamente: sí.
Como decíamos, no se nos oculta que es caso grave la imposición de un
deber legal que no tiene por deber moral aquel a quien ha de imponerse;
el hombre rudo no sabe, ni nadie se lo ha dicho, que el instruirse es
un elemento indispensable para perfeccionarse, y que a la perfección
debemos tender con todas las fuerzas de nuestra alma. Sed perfectos,
dijo el divino Maestro; pero de todas sus lecciones, no hay ninguna peor
aprendida o más olvidada. Por regla general no se busca la perfección, y
precisamente aquellos a quienes hay que obligar legalmente a que se
instruyan son los que no pueden considerar como deber moral instruirse.
¿En qué se apoyará, pues, la justicia de la ley? Nos parece que en este
principio: Las leyes obligan en conciencia cuando no mandan cosa contra
la conciencia.
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Publicado el 9 de enero de 2019 por Edu Robsy.
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